Impuesto sobre Sociedades: Obligaciones fiscales del Primer Trimestre (II)Ponte al día antes del 20 de abril

El pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades completa las obligaciones fiscales que debes cumplir en el primer trimestre del año. Veamos cómo hacerlo.
Impuesto sobre Sociedades: pago fraccionado de abril

A principios de semana os contamos cómo presentar el IVA y el IRPF correspondientes al primer trimestre del año. Hoy os explicaremos cómo ponerte al día con la última obligación que te faltaría para ponerte al día con los primeros tres meses de 2022: la presentación del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Recordad que tenéis entre el 1 y 20 de abril para presentar la documentación a la Agencia Tributaria.

Impuesto sobre Sociedades

Modelo 202. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, correspondiente al Primer Periodo. Las sociedades presentarán su pago fraccionado de acuerdo con las opciones de cálculo establecidas en los artículos 40.2 y 40.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS).

  • Método general (artículo 40.2 de la LIS): La base de cálculo del pago fraccionado será la cuota íntegra del último período cuyo plazo de declaración estuviese vencido el primer día del periodo de exigibilidad del pago fraccionado. Si el ejercicio de la sociedad coincide con el año natural, el Primer periodo de este año se calculará conforme a la cuota íntegra del modelo 200, presentado en el ejercicio anterior. El tipo impositivo del pago fraccionado será del 18% sobre la base.
  • Opción del artículo 40.3 de la LIS: las sociedades que hayan optado por la aplicación de este método de cálculo (ya te explicamos cómo hacerlo aquí) y aquellas cuyo importe neto de cifra de negocios haya superado los 6 millones de euros en los 12 meses anteriores, cumplimentarán el modelo 202 conforme a este método de cálculo. Tomarán el resultado provisional de la entidad arrojado a fecha 31-03-2022, una vez realizados los oportunos ajustes fiscales de adecuación de la contabilidad a la Ley del Impuesto sobre Sociedades. El tipo aplicable para calcular el pago fraccionado será, de forma general, el 17%, correspondiente a cinco séptimos el tipo de gravamen (25%), redondeado por defecto.